Estado del cónyuge: ¿qué opciones tiene la pareja?

Tabla de contenido

En este nivel son posibles 3 opciones:

cónyuge asociado : posee acciones de la empresa. Como socio, debe participar en eventos obligatorios de la empresa (reuniones anuales, etc.). Está afiliado al mismo régimen que su cónyuge (autónomo o régimen general de seguridad social).

socios colaboradores : el cónyuge no percibe ninguna remuneración, pero contribuye a determinados fondos. Su actividad no le da derecho al desempleo.

cónyuge empleado : recibe un salario y está afiliado al régimen general de la seguridad social, como cualquier empleado en caso de pérdida del empleo, tiene derecho a prestaciones por desempleo.

La elección no es trivial. Es aconsejable llamar a un experto legal (abogado, contador, etc.) para encontrar el estatus adecuado. Para la pareja y la empresa, las consecuencias fiscales y sociales de cada alternativa deben ser estudiadas de cerca en lo que respecta a su situación personal, el nivel de implicación del cónyuge en la aventura, etc. Trabajando en pareja ¡No se improvisa a los ojos de la ley!

Tenga en cuenta que estas opciones no son posibles si los miembros de la pareja desean administrar conjuntamente el negocio. En el caso de una LLC, son co-administradores con estatus de TNS.

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