Acuerdo de confidencialidad: utilidad y errores a evitar

El acuerdo de confidencialidad para asegurar la negociación o la relación contractual.

El acuerdo de confidencialidad, abreviado en la práctica empresarial como NDA (Acuerdo de no divulgación), tiene como objetivo proteger a las partes contra la divulgación de información confidencial. Los datos financieros, las innovaciones tecnológicas o incluso los secretos comerciales, la comunicación de determinada información a terceros o su uso por parte del cocontratista en beneficio propio pueden resultar perjudiciales para la empresa contratante en términos de competencia.

La NDA impone a la parte cocontratante 2 obligaciones de no hacer:

  • No utilice datos confidenciales con fines competitivos.
  • No revele información a terceros mencionados en el acuerdo de confidencialidad.

¿NDA o cláusula de confidencialidad?

El acuerdo de confidencialidad es útil en 2 situaciones. Dependiendo del caso, puede tomar la forma de un contrato completo o una cláusula de confidencialidad.

  • Cuando los profesionales entablan negociaciones con el fin de firmar un acuerdo de asociación o un contrato comercial: Para proteger la confidencialidad de los datos intercambiados, en particular en el caso de que las negociaciones no conduzcan a la celebración del contrato, las partes redactan y firman un acuerdo de confidencialidad. Nota: algunas negociaciones tienen lugar en el marco de un documento escrito que establece los términos contractuales de la negociación; en este caso, las partes pueden optar por anexar el NDA o insertar una cláusula de confidencialidad.
  • Cuando los profesionales firman una sociedad o cualquier otro tipo de contrato, en particular un acuerdo comercial o un contrato de trabajo. : los cocontratistas, para obligarse a no revelar información confidencial, insertar una cláusula de confidencialidad o adjuntar un NDA al contrato.

Nota: la obligación de no divulgar puede ser asumida por una parte - obligación unilateral - o ambas partes - contrato sinalagmático.

Confidencialidad, derechos de propiedad intelectual y no competencia: ¿cuáles son las diferencias?

Al igual que los derechos de autor o la patente, el acuerdo de confidencialidad obliga a la parte interesada a no explotar - reproducir, copiar, usar - información que se supone debe mantenerse en secreto. Pero la NDA impone una obligación más onerosa, ya que añade una prohibición a la transmisión oral de dicha información sensible. Este régimen tiene como objetivo proteger al cocontratista frente a cualquier acto de competencia desleal.

Nota: si la protección de los derechos de autor se otorga de facto, la cláusula de no divulgación debe ser mencionada expresamente por escrito y firmada por las partes.

La mayoría de los contratos de trabajo mencionan una cláusula de no competencia. Su objetivo, como el NDA, es proteger a la parte que divulga conocimientos técnicos o datos secretos contra cualquier uso no autorizado. Pero a diferencia de la cláusula de no competencia, la cláusula de confidencialidad se extiende a terceros, ofreciendo protección frente a cualquier acto de competencia desleal cometido por un tercero al que se hayan transmitido dichos datos sensibles.

Como resultado, el acuerdo de confidencialidad, celebrado en el contexto de negociaciones comerciales o en la ejecución de un contrato, ofrece la mejor protección contra actos de competencia desleal.

Celebración de un acuerdo de confidencialidad: cláusulas esenciales de la NDA y trampas a evitar

El contenido del acuerdo de confidencialidad no está regulado por ley. Sin embargo, la jurisprudencia exige que se mencionen determinadas cláusulas esenciales:

  • La descripción precisa de la información que se mantendrá confidencial: En ausencia de una mención clara y precisa de los datos que no deben divulgarse, el cocontratista está expuesto a riesgos. El carácter vinculante y prohibitivo de una cláusula de confidencialidad demasiado amplia o genérica, pero también y sobre todo su impugnación por parte de la parte contraria en caso de litigio ante un juez. Una decisión reciente del TGI de Nanterre arroja luz sobre este argumento, habiéndose negado el juez a aplicar la NDA considerada imprecisa.

    Error a evitar: insertar en la lista de información confidencial datos que no pueden ser por naturaleza - datos ingresados ​​en el dominio público, información ya conocida por el cocontratista antes de la firma del acuerdo de confidencialidad …

  • La lista de personas autorizadas : para mayor flexibilidad, el contratante debe necesariamente autorizar a su cocontratante a comunicar datos secretos a determinados terceros - colaboradores, empleados, proveedores, etc.
  • La mención de la obligación de no revelar: Para que sea eficaz y útil, la cláusula de confidencialidad debe estar redactada de tal manera que mencione la obligación de no hacer, por ejemplo, “no divulgar información”.

    Error a evitar: la obligación de hacer - "mantener la información en secreto" - no será penalizada de la misma manera y la parte cocontratante tendrá más dificultades para obtener una indemnización por su daño.

  • La duración de la confidencialidad: el acuerdo de confidencialidad no puede celebrarse por tiempo indefinido. Las partes pueden elegir una duración que cubra las conversaciones o la duración del contrato, y una duración suficiente pero razonable más allá de este período.

Divulgación de información confidencial: sanción por incumplimiento de una obligación contractual

En caso de incumplimiento de su obligación de confidencialidad, el cocontratista está expuesto a una sanción sobre la base de la responsabilidad contractual . Dado que la obligación de no actuar constituye una obligación de resultado derivada de un contrato, el contratista no necesita probar su daño: obtiene una indemnización por daños y perjuicios por el simple hecho de incumplimiento de su obligación contractual de resultado por parte de la otra parte.

Nota: en ausencia de un acuerdo de confidencialidad, la parte que sufre daños como resultado de la divulgación de información confidencial puede actuar sobre la base de competencia desleal, bajo responsabilidad extracontractual. Pero esta acción es más difícil de ejecutar: la parte perjudicada debe acreditar su daño y la relación de causalidad para poder reclamar una indemnización económica.

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